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HISTORIA
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Esta Unión de Cofradías recogía en su seno únicamente a las Hermandades de Penitencia. Su creación y desarrollo, y su actividad estaban prácticamente circunscritos a unos términos puntuales de la Semana Santa de Carmona.
Tras esta aprobación de los Estatutos, se celebró la elección del Presidente del Consejo, así como la de los vocales que formarían la Comisión Permanente y la designación de las personas que ocuparían los cargos de Vice-Presidente, Secretario y Tesorero.
Este nuevo organismo es ya en gran medida representativo y se observa un refuerzo por parte de las Hermandades de cumplir las normativas vigentes en materias procesionales, así como el cumplimiento de las disposiciones Canónicas y Sinodales en las Hermandades.
MOTIVO DE SER Y FINES
El motivo de ser del Consejo de Hermandades y Cofradías de Carmona vendrá dado por la propia importancia que las Hermandades y Cofradías de Carmona quieran otorgarle, dependiendo en total medida de lo que las mismas pudieran imponer para que su funcionamiento sea el más eficaz posible.
Misión fundamental es determinar la naturaleza jurídica del Consejo. Por ello, dado el indudable beneficio que para los fines de las Hermandades y Cofradías tiene una actuación coordinada en las tareas de carácter común, se estima que el Consejo debe tener personalidad jurídica propia, independiente de las de las Hermandades en las funciones delegadas y de representación que establecen los presentes Estatutos.
En cuanto a sus fines, se orientan en tres direcciones esenciales:
- La interna de las Hermandades y Cofradías, encaminada hacia la coordinación Pastoral de las mismas entre sí y con el Consejo Diocesano de Pastoral, así como las derivadas del Culto
- La que establece su relación con la Autoridad Eclesiástica como cauce de comunicación y
- Las relacionadas con la Autoridad Civil en su necesaria colaboración, dado el carácter externo de muchos de los Cultos de las Hermandades y Cofradías.
Por todo lo expuesto, a partir del momento de la aprobación de los Estatutos, la única representación válida la ostentará el Consejo de Hermandades y Cofradías de Carmona, como queda anteriormente establecido, ante la Autoridad Eclesiástica y las Autoridades Civiles por parte de las Hermandades y Cofradías de Carmona.
APROBACIÓN DE LOS PRIMEROS ESTATUTOS EN 1991
Los Estatutos fueron aprobados en el Pleno Extraordinario de Hermandades y Cofradías, celebrado el 5 de junio, con la asistencia de todos los hermanos mayores de las Hermandades y Cofradías de Carmona, habiendo sido ratificados por la Vicaría General del Arzobispado de Sevilla el día 28 de noviembre de 1.991 por Decreto del Ilmo. Señor Don Antonio Domínguez Valverde, Vicario General del Arzobispado, según dictamen del Ministerio Fiscal e informes del Secretariado Diocesano de Hermandades y Cofradías.
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS EN 2009
Aprovechando la nueva publicación de las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías del 8 de diciembre de 1.997, el primer Consejo, diez años después, promoverían algunos cambios en los Estatutos que regirían en lo sucesivo al mismo, entendiendo que estos cambios agilizarían extraordinariamente las funciones del Consejo General de Hermandades y Cofradías de la Ciudad de Carmona.
REFORMA DE LOS ESTATUTOS EN 2015
En el año 2015 las Hermandades de Carmona, delegando en la Comisión Permanente, estiman necesaria la revisión, ampliación y modificación de los Estatutos vigentes, pues existían algunos aspectos no regulados en los mismos, así como ciertos cambios que demandaban una ordenación de las normas para el buen funcionamiento de esta Institución y con un espíritu de mantenimiento en el tiempo. La actual reforma de los Estatutos, por la que se regirá este Consejo a partir de su aprobación por el Arzobispo de Sevilla, ha sido promovida por acuerdo del 15 de Abril de 2015, en la Asamblea General Ordinaria de este Consejo, y aprobada por unanimidad en la Asamblea General Extraordinaria de 29 de Septiembre de 2015, con asistencia de todas las Hermandades de Penitencia, de Gloria y Sacramental que forman parte de este Consejo, representadas por sus Hermanos Mayores o representantes debidamente acreditados, miembros de la Comisión Permanente y bajo la presidencia del Consiliario Espiritual de este Consejo y del Presidente, según lo establecido en el artículo 46 del Título VII de los Estatutos vigentes en la actualidad.
Los Estatutos fueron aprobados en el Pleno Extraordinario de Hermandades y Cofradías, celebrado el 5 de junio, con la asistencia de todos los hermanos mayores de las Hermandades y Cofradías de Carmona, habiendo sido ratificados por la Vicaría General del Arzobispado de Sevilla el día 28 de noviembre de 1.991 por Decreto del Ilmo. Señor Don Antonio Domínguez Valverde, Vicario General del Arzobispado, según dictamen del Ministerio Fiscal e informes del Secretariado Diocesano de Hermandades y Cofradías.
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS EN 2009
Aprovechando la nueva publicación de las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías del 8 de diciembre de 1.997, el primer Consejo, diez años después, promoverían algunos cambios en los Estatutos que regirían en lo sucesivo al mismo, entendiendo que estos cambios agilizarían extraordinariamente las funciones del Consejo General de Hermandades y Cofradías de la Ciudad de Carmona.
REFORMA DE LOS ESTATUTOS EN 2015
En el año 2015 las Hermandades de Carmona, delegando en la Comisión Permanente, estiman necesaria la revisión, ampliación y modificación de los Estatutos vigentes, pues existían algunos aspectos no regulados en los mismos, así como ciertos cambios que demandaban una ordenación de las normas para el buen funcionamiento de esta Institución y con un espíritu de mantenimiento en el tiempo. La actual reforma de los Estatutos, por la que se regirá este Consejo a partir de su aprobación por el Arzobispo de Sevilla, ha sido promovida por acuerdo del 15 de Abril de 2015, en la Asamblea General Ordinaria de este Consejo, y aprobada por unanimidad en la Asamblea General Extraordinaria de 29 de Septiembre de 2015, con asistencia de todas las Hermandades de Penitencia, de Gloria y Sacramental que forman parte de este Consejo, representadas por sus Hermanos Mayores o representantes debidamente acreditados, miembros de la Comisión Permanente y bajo la presidencia del Consiliario Espiritual de este Consejo y del Presidente, según lo establecido en el artículo 46 del Título VII de los Estatutos vigentes en la actualidad.
ADAPTACIÓN DE LOS ESTATUTOS A LAS NUEVAS NORMAS DIOCESANAS 2016
Con motivo del Decreto de aprobación de las Nuevas Normas Diocesanas, promulgadas por el Sr. Arzobispo de Sevilla D. Juan José Asenjo Pelegrina, con fecha 15 de Agosto de 2016, se han adaptado algunos artículos del anteproyecto de Estatutos presentados en el año 2015, así como la anulación de algunas disposiciones contrarias a las prescripciones de dicho Decreto, incorporándose al mismo tiempo algunos nuevos textos normativos, bajo la legislación particular diocesana, así como otras referencias a las pertinentes disposiciones del ordenamiento civil, habiéndose aprobado el texto definitivo en la Asamblea General Extraordinaria de este Consejo, convocado al efecto con fecha 15 de Junio de 2017, habiendo sido firmados por todos los hermanos mayores, o representantes debidamente acreditados de las Hermandades de Penitencia, Gloria y Sacramental, los miembros de la Junta Superior, bajo la Presidencia del Consiliario Espiritual y del Presidente de este Consejo.
